REPRO II el Subsidio en reemplazo del ATP

repro II

El Gobierno dará una suma fija de $9000 por cada trabajador, con duración de dos meses pero sujeto a que tenga presupuesto. REPRO II

El programa ATP se discontinúa en tal sentido, se instituyó el REPRO II  para empresas que encuentren con problemas económicos

Se trata de un subsidio  a la nómina salarial de las empresas. Será una suma de $ 9000 por cada trabajador

Principales Puntos

1. El subsidio consiste en una suma de $ 9.000 por cada trabajador.

2. Si el neto del trabajador fuera inferior a este monto, el subsidio entonces será equivalente a la remuneración neta (83% sobre la remuneración total declarada en el Formulario 931 de la AFIP).

3. El programa es por dos meses pero puede llegar a extenderse.

4. Para determinar la inclusión de los empleadores en el Programa, se considerarán la cantidad de los inscriptos, su situación económica, financiera y patrimonial, las condiciones de la economía nacional y el presupuesto asignado al Programa.

5. Para inscribirse al Programa, deberá presentarse la información requerida por el programa ATP -nómina de personal dependiente, incluyendo la remuneración total y la CBU de cada trabajador- así como también:

-Balance del Ejercicio 2019, certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas. Se aclara que la certificación puede ser hológrafa o digital.

-Planilla electrónica, en la que se incluirán indicadores económicos, financieros y patrimoniales.

-Certificación del profesional contable de la veracidad de la información incluida en la planilla.

Importante a tener en cuenta, la presentación del balance no será requisito para las asociaciones civiles y todo otro empleador que no esté sujeto a su presentación.

Cuáles son los Requisitos

1. La actividad principal de la empresa debe encuadrarse en la nómina de actividades no críticas incluidas en el ATP;

2. Debe registrarse una variación interanual de la facturación negativa en el mes de referencia.

También se evaluarán otros indicadores :

-Variación porcentual interanual de la facturación.

-Variación porcentual interanual del IVA compras.

-Endeudamiento en 2020 (pasivo total / Patrimonio neto).

-Liquidez corriente en 2020 (activo corriente / pasivo corriente).

-Variación interanual porcentual del consumo de energía eléctrica y gasífera.

-Variación porcentual interanual de la relación entre el costo laboral total y la facturación.

-Variaciones interanuales de las importaciones.

Como se Realiza la Inscripción

Se realizará en la Página de Afip, donde se anexarán todos los elementos necesarios.

Las novedades respecto de la incorporación al Programa serán notificadas a través de una ventanilla electrónica del sitio web de AFIP.

Si la empresa no accede al beneficio, podrá intentar en los meses siguientes.

La liquidación se hace a través de la Anses en los CBU de los dependientes.

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