Comunicación A 7138

Comunicación A 7138

Pago de Importaciones

Nuevas regulaciones que trajo la Comunicación A 7138, emitida por el BCRA en el día de ayer. Principalmente, sobre el acceso de cambios para el pago de importaciones BIENES.  

  • Los clientes deberán presentar al banco las SIMI correspondientes y demostrar que las mismas están en estado SALIDA. Están exceptuadas las operaciones de courrier. 
  • Se deberá dar aviso con 48 hs de anticipación al banco comercial cuando se quiera realizar operaciones por un monto diario que sea igual o superior a U$S 50.000.
  • A partir del 02.11.2020 se considerará en situación de demora a los pagos de importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero pendiente concretados entre el 02.09.2019 y el 31.10.2019 que no se encuentren regularizadas. Conceptos alcanzados:

    B07: Pagos a la vista contra la presentación de la documentación de embarque.
    B10: Pagos de deudas comerciales al exterior (operaciones en las que se cumplió la condición de compra pactada entre exportador e importador)

    Los importadores que registren ese tipo de operaciones en situación de demora no podrán realizar nuevos pagos anticipados de importaciones de bienes hasta tanto regularicen la situación.

Ante cualquier duda que puedan tener al respecto no dude en contactarnos

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